miércoles, 1 de febrero de 2012

Resolución del Defensor del Pueblo

Desde diciembre de 2010 hemos presentado ante el Defensor del Pueblo de la Región de Murcia un total de 10 quejas (estando pendiente 2 más) en la que poníamos de manifiesto nuestra indefensión ante el incumplimiento de la ley de procedimiento administrativo 30/92 por parte del Servicio Regional de Empleo y Formación por temas tan importantes como negativa a facilitarnos copia de expedientes, ausencia de resolución razonada, omitir los trámites de audiencia y alegaciones, etc. para poder recurrir en derecho.

La relación de las 10 quejas contra el SEF presentadas
hasta ahora ante el Defensor del Pueblo son:
  1. La negación de copia de expedientes y ocultamiento de documentos.
  2. La inadmisión de pruebas (de exámenes y ejercicios) y/o peritos propuestas para confección de la prueba.
  3. La simulación de revocación de una desautorización que no se lleva a cabo conscientemente, impidiendo nuevamente el ejercicio del derecho a dar clase a nuestro presidente.
  4. La falta de respuesta a la petición de identificación de titulación competente en los funcionarios y personas que forman parte del expediente de valoración en su sección de ejecución, seguimiento y evaluación de acciones.
  5. Las faltas de trámites de audiencia.
  6. La falta de capacidad técnica de valoración de los técnicos de seguimiento sobre los temas que tratan.
  7. Los procedimientos y protocolos de seguimiento y evaluación que provocan indefensión de los profesores y centros por provocar críticas en su ausencia, anónimas y secretas.
  8. En los comunicados de la sec. De seguimiento y evaluación la falta de referencia de hechos concretos y razonados.
  9. La falta de valoración con criterios objetivos previamente publicados (son subjetivos) y fijos (se cambian las preguntas, escalas, etc.) Para poder hacer alegaciones.
  10. Las faltas de resoluciones razonadas.
En la resolución del defensor del pueblo sobre estas quejas resuelve:
Esta Institución trata de salvaguardar el derecho que tiene toda la ciudadanía a recibir de la administración una respuesta motivada a sus peticiones, aunque ésta sea desestimatoria y no acceda a sus pretensiones. Por lo tanto ese derecho se ha visto vulnerado con la actuación del Servicio Regional de Empleo y Formación al no permitir al interesado el acceso a los expedientes que solicitaba a pesar de que el mismo se ha personado en diversas ocasiones con la intención de obtener una copia que le permita preparar la mejor defensa de sus derechos.

RECORDATORIO DE DEBER LEGAL AL SERVICIO
REGIONAL DE EMPLEO Y FORMACIÓN

El ServicioRegional de Empleo y Formación, en cumplimiento de lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común, viene obligado a permitir el acceso de los interesados atodos los expedientes, aún en trámite, y a contestar por escrito y notificar en tiempo y forma a la ciudadanía las solicitudes y peticiones que ésta le dirija para el mejor defensa de sus derechos.

1 comentario:

  1. Es una verguenza (y un indicador) que hasta un Defensor del Pueblo, antiguo consejero del gobierno democratico del PP en Murcia, tenga que recordar al gobierno de Valcarcel de hoy (convertido en tiranuelo por ausencia de oposición) como es la democracia.
    Esperemos que desde Madrid y Europa nos salven de esta gente.

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